Derivada de la Reforma Energética, desde el 1º. de enero entró en vigor la NOM-EM-001-ASEA-2015, emitida por la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA), que regula el diseño, la construcción, operación y mantenimiento de las Estaciones de Servicio de Gasolina y Diesel.
La Reforma Energética ordenó crear una nueva regulación para el mantenimiento, construcción y operación de las estaciones de servicio, ya que el anterior precepto estaba destinado únicamente para las franquicias de Petróleos Mexicanos (PEMEX) y a partir del 1º. de enero de 2016, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) podrá otorgar permisos para el Expendio al Público de gasolinas y diesel de modo que podrán operar estaciones de servicio diversas y diferentes a Pemex.
Así, esta Norma Oficial regulará a las más de 11,000 estaciones de servicio de gasolina y diesel existentes y las nuevas que se instalen en todo el territorio nacional.
La NOM-EM-001-ASEA-2015 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, por la ASEA, un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), y con ella se busca garantizar que el sector se desarrolle con plena certidumbre jurídica y en condiciones de competitividad para aprovechar los beneficios y afrontar los retos de la apertura del sector a nuevos participantes nacionales e internacionales.
La NOM es producto del análisis y reconocimiento de la práctica de la industria nacional y las referencias internacionales para contar con un diseño y construcción así como una operación segura de toda gasolinera, en condiciones de sustentabilidad ecológica.
