Este jueves se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que la fabricación de equipo de transporte, la industria de la construcción y la minería son actividades esenciales y que podrán iniciar labores el 1 de junio del 2020 y no el 18 de mayo como ayer se declaró en la conferencia matutina en Palacio Nacional.
El artículo cuarto del “Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, así como un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico relacionado con la reapertura de actividades en cada entidad federativa, así como se establecen acciones extraordinarias”, señala que las empresas que se dediquen dichas actividades implementarán los lineamientos de seguridad sanitaria en el entorno laboral, que publique la Secretaría de Salud, en coordinación con las secretarías de Economía y del Trabajo y Previsión Social, así como con el Instituto Mexicano del Seguro Social, en el periodo del 18 al 31 de mayo de 2020.
El documento que emite la Secretaría de Salud explica que para establecer una estrategia para la reapertura de las actividades sociales, educativas y económicas, se tendrá un sistema de semáforo por regiones para evaluar semanalmente el riesgo epidemiológico por cada entidad federativa.
Las tres etapas son:
Etapa 1.- Inicia el 18 de mayo del 2020, con la reapertura de las actividades en los municipios en que no se hubieran presentado casos de COVID-19 y que, además, no tengan vecindad con municipios con casos de COVID-19;
Etapa 2.- Del 18 al 31 de mayo del 2020, y consiste en llevar a cabo acciones de aplicación general tendientes a la preparación para la reapertura de las actividades en general, como son: la elaboración de protocolos sanitarios para el reinicio seguro de actividades, capacitación de personal para seguridad en el ambiente laboral, readecuación de espacios y procesos productivos, así como la implementación de filtros de ingreso, sanitización e higiene del espacio laboral, entre otras que determine la Secretaría de Salud, conforme al Artículo Cuarto, segundo párrafo, del presente Acuerdo.
Etapa 3.- Inicia el 1 de junio del 2020, conforme al sistema de semáforo por regiones para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas.
El semáforo establece mediante colores las medidas de seguridad sanitaria apropiadas para las actividades laborales, educativas y el uso del espacio público, entre otros.
Ayer, en la conferencia matutina que encabeza el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, se informó que era el 18 de mayo el reinicio de operaciones en la industria productora de vehículos del autotransporte, sin embargo por la noche había confusión sobre los datos de lo que hicieron llamar plan para la “nueva normalidad” porque la publicación de este acuerdo -hecha ayer mismo en el DOF- se eliminó al tener al registrar un “error de las páginas publicadas”, lo cual no se corrigió de inmediato.
Más tarde, Hugo López Gatell, subsecretario de prevención y promoción de la salud, aclaró las fechas, en su conferencia habitual de las 19 hrs.
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