Analiza TMC reglamento de tránsito de Monterrey

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Los requerimientos técnicos que exigen a los vehículos de carga establecidos en el Reglamento de Tránsito de Monterrey, Nuevo León, serán imposibles de cumplir por prte de los transportistas, específicamente los contenidos en la Sección 3, lo cual se prestaría a actos de corrupción por parte de los agentes de tránsito y no funcionaría como un instrumento de seguridad vial, consideró el Technology & Maintenance Council (TMC) Capítulo México.
Respecto al mandato I del artículo 24 en dicha normatividad, que establece que los vehículos de cuatro ruedas o más deben traer una llanta de refacción, así como herramienta en buen estado para su cambio, el TMC señala que actualmente los vehículos de reparto de muchas empresas ya no cuentan con neumático de refacción pues tienen convenios con compañías que les brindan auxilio en caso de ponchadura. El instalar una llanta de este tipo implica una inversión que permanece ociosa y además, está expuesta a ser robada. También existen autos con neumáticos run-flat o sistemas de reparación e inflado para atender el problema en el momento.
En cuanto al mandato III del mismo artículo, al indicar que los remolques deben tener luz de reversa, por norma y diseño no tienen previsto un cable de alimentación eléctrica para esta función. Los tractocamiones que arrastran estos semirremolques no tienen en su conector de siete vías una línea a través de la cual se transmita corriente eléctrica al remolque cuando se engrana la reversa.
El TMC también analizó los mandatos XVIII sobre defensa de los vehículos, XV respecto a los  espejos retrovisores y  XVII sobre dispositivos para remolques.   
 
 
 

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