De aprobarse el anteproyecto que regularía los convertidores, también conocidos como dollies, los transportistas obtendrían el permiso y placa de identificación vehicular, cuyo trámite costaría 1,999 pesos.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el portal de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) el documento elaborado por la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), donde se explican los requisitos para que los permisionarios del autotransporte federal de carga y transporte privado obtengan el permiso y placa de identificación vehicular de convertidores o sistemas de acoplamiento.
De acuerdo con el anteproyecto -que está en fase de consulta pública-, para realizar el emplacamiento, el permisionario tendría que presentar la siguiente documentación:
Documento que acredite la propiedad o legal posesión del Convertidor (Dolly) o sistema de acoplamiento, factura o carta factura vigente; en caso de arrendamiento, además, el contrato de arrendamiento vigente; en el caso de unidades de procedencia extranjera, documento mediante el cual acredite su legal importación, estancia o tenencia en el país.
Cumplimiento con la NOM-035-SCT-2-2010 y la NOM-001-SSP-2008 o las que las sustituyan o bien, la que en su momento se encontraba vigente al momento de su fabricación, para convertidores de año-modelo 2010, y posteriores.
Para los año-modelo 2009 y anteriores, los permisionarios deberán presentar sus vehículos en el Centro Metropolitano de la DGAF o Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda, en donde se realizaría una inspección física a las unidades que pretende registrar, respecto de lo siguiente: Sistema de luces, frenos, suspensión de aire (que se encuentren operando); estructura chasis y lanza(s) que hayan sido diseñados y ensamblados para el uso que se les pretende dar; que el vehículo haya sido fabricado de origen para la función específica.
La verificación se deberá cumplir de manera enunciativa y no limitativa, de conformidad con las facultades de comprobación que tiene la SCT.
Presentar el recibo de pago de los derechos aplicables por el alta de cada unidad por 1,999.00 pesos, el cual incluye alta de vehículo, una placa, y tarjeta de circulación. La SCT detalla que éstas serán emitidas para cada unidad registrada.
La SCT podrá inspeccionar las marcas registradas para la fabricación y venta de convertidores o sistemas de acoplamiento en el país. Además, en el marco de sus atribuciones, podrá negar el procedimiento si el Servicio de Administración Tributaria (SAT), determina que la unidad no cumple con la normativa vigente.
También, la SCT podrá retirar de circulación a los convertidores si detecta que no está emplacado, o bien, si no cumplen con las disposiciones de seguridad y de control que se establecen en la NOM-012.
Cabe señalar que dichos requisitos no aplicarían para convertidores tipo quinta baja o de más de dos ejes, diseñados el servicio de transporte de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen.
El trámite deberá realizarse en el Departamento de Autotransporte Federal correspondiente a la ubicación del solicitante o en las oficinas de la DGAF, ubicadas en Calzada de las Bombas 411, Colonia los Girasoles, Coyoacán, Ciudad de México, C.P. 04920.
El formato que el interesado deberá presentar, además de la documentación señalada, estaría disponible en el portal de la dependencia como formato EC Convertidor dolly. (Con información de Canacar)
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