Exentan verificación a vehículos pesados EPA 10 y Euro VI a gas

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La Norma Oficial Mexicana NOM-050-SEMARNAT-2018, que establece los límites máximos permisibles de emisión de gases contaminantes provenientes del escape de los vehículos automotores en circulación que usan gas licuado de petróleo, gas natural u otros combustibles alternos establece:

Que estarán exentos de la verificación vehicular obligatoria los vehículos pesados nuevos que, de origen, deben funcionar con estos combustibles.

Los vehículos pesados nuevos certificados con estándares EPA 2010, EURO VI o superiores, que utilicen GN, GLP u otros combustibles alternos de origen estarán exentos de la verificación vehicular obligatoria por un periodo de dos años y, deberán acudir a la evaluación de sus emisiones contaminantes al término del segundo año de su adquisición. En caso de aprobar, la exención será prorrogada por 2 años más.
Los mismos lineamientos aplican para vehículos ligeros nuevos destinados al Autotransporte Federal.
 
La Norma especifica que la aplicación es para automotores “que circulan en el país, exceptuando aquellos que circulan en las entidades federativas de la Ciudad de México, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Puebla y Tlaxcala”, que forman la Megalópolis.
 
Consulte la Norma completa en: https://bit.ly/2NFIy0C
 

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