Ley de seguridad vial debe equilibrar la movilidad: CANACAR

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La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial no debe sobrerregular al transporte de carga, consideró José Ramón Medrano, presidente de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR).

Durante el Parlamento Abierto organizado por la Comisión de Movilidad de la Cámara de Diputados, dijo que dicha legislación debe equilibrar la movilidad entre las personas y mercancías.

Pidió aclarar las facultades de los artículos 4 y 73, fracción XXIX-C que derivan de la reforma constitucional y constreñirse al tema de movilidad y seguridad vial y no pretender regular al transporte de carga, ya que la facultad de esta actividad deriva del artículo 73 fracción XVII de nuestra constitución.

Por ello, considera importante erogar la facultad que señala el artículo 1 fracción VIII de dicha Ley.

Además, “consideramos que las políticas y sistemas que se adopten para prevenir y reducir los accidentes no deben de ir enfocados a restringir en días, horarios y vías el desplazamiento de vehículos y mercancías, situación que impactaría de manera negativa e inmediata a la logística, productividad y competitividad del país”.

Medrano Ibarra puntualizó que la prioridad en el uso de la vía pública, tanto en las políticas públicas, planes y programas en materia de movilidad y seguridad vial, debe estar determinado por la federación, las entidades federativas y los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, con base en cada modo de transporte y su contribución a la productividad valorando la distribución de recursos presupuestales de acuerdo con las mismas.

Reiteró, a nombre de los más de 180 mil permisionarios que prestan el Servicio Público Federal de carga en México, que participarán en la construcción de políticas públicas congruentes y equilibradas que permitan coadyuvar en el mejoramiento de la movilidad y la seguridad vial.

Insistió también que la industria del autotransporte de carga tiene características particulares que la hacen diferente a los demás sectores de la economía, situación que debe considerarse.

  • Participación en el Producto Interno Bruto fue del 3.3% en el año 2020, contribuyendo a la generación de más de 6 millones de empleos directos e indirectos.
  • Incide en más de 113 ramas de la economía nacional.
  • Pieza fundamental durante la pandemia al transportar las vacunas contra la COVID-19.
  • En 2020 el autotransporte de carga movilizó 512.7 millones de toneladas de productos lo que equivale al 81% de la carga terrestre y al 56.9% de la carga doméstica total.
  • Participa en el 50% del valor del comercio transportado por camión entre México y Estados Unidos.
  • A diario circulan en 1 millón 143 mil 940 unidades; 50% son unidades motrices y el otro 50% unidades de arrastre.

PARLAMENTO-ABIERTO-LEY-MOVILIDAD-Y-SEGURIDAD-VIAL“En CANACAR creemos que esta ley tiene potencial si se encamina a mejorar la movilidad de las personas. Para incidir en la regulación del sector del autotransporte de carga se debe voltear a ver la Ley General de Autotransporte que sustituye la presente Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal ya que no considera las condiciones actuales en las que operan las empresas”, destacó.

El presidente de la CANACAR explicó que el desafío de la seguridad vial no solo es un problema de una configuración vehicular, coexisten múltiples factores que influyen en la reducción de los accidentes viales, como es la infraestructura, la capacitación de los conductores, la señalización, las condiciones físico-mecánicas de las unidades que circulan, la planificación de la distribución de la mancha urbana y de la localización de los centros de carga, entre otros. 

“Tampoco se resolverá con la implementación de políticas que limiten días, horarios y vías de desplazamiento de los vehículos y mercancías; el problema debe de verse desde una perspectiva integral que brinde la certeza de los sistemas de transporte mediante un marco normativo que sustente y soporte un justo equilibrio entre las personas y la vida económica del país”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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