Regulan servicio de grúas y corralones en Puebla

– Publicidad –

MERITOR

Con el objetivo de regular el servicio de grúas y corralones en el estado de Puebla, que serán concesionados, la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMT) presentó el reglamento de la Ley del Transporte en materia de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos.

La SMT informó que este reglamento contempla atribuciones de la dependencia estatal, entre ellas fijar las tarifas para el cobro de los servicios, coordinar el registro de las concesiones y permisos, así como expedir la documentación inherente y autorizar el acceso a los depósitos a las personas y autoridades competentes.

De igual manera, la dependencia de Puebla integrará y mantendrá actualizado el padrón de prestadores de servicios auxiliares de arrastre, salvamento y depósito de vehículos; aprobar el rol de servicio de los concesionarios y permisos, que regule la operación en aquellos polígonos en donde estén autorizados dos o más prestadores de servicios.

Asimismo, realizar inspecciones físicas y periódicas en los depósitos de vehículos; verificar que los predios propuestos cumplan con las especificaciones previstas en el reglamento; llevar a cabo estudios técnicos que determinen la procedencia del otorgamiento de las concesiones; tramitar los procedimientos de revocación de las concesiones y cancelación de permisos; y aplicar las sanciones cuando así corresponda a los concesionarios y permisionarios.

Por otro lado, estipula obligaciones de los concesionarios y permisionarios, entre ellas efectuar el servicio en territorio estatal y dentro de los polígonos de servicio autorizados por la Secretaría y en aquellos en que exista convenio suscrito por el gobierno de Puebla y la Federación o los municipios.

Resalta que el concesionario del depósito será responsable por el vehículo, cualquiera de sus partes o accesorios faltantes y de los daños causados durante el tiempo que permanezcan bajo su custodia. Se prohíbe el acceso a toda persona ajena a los depósitos, y se deberá refrendar cada año el permiso, previa solicitud.

En caso de no cumplirse, se estipulan sanciones, como el apercibimiento, multas de 50 a 414 Unidades de Medida y Actualización (UMA), revocación o suspensión de la concesión, y cancelación o suspensión del permiso.

Finalmente, el documento señala las obligaciones que el usuario tendrá que cubrir para la entrega del vehículo, por lo que el interesado deberá obtener el oficio de liberación que expida la autoridad competente, comprobantes de pago de daños a las vías de comunicación, si las hubiere, además del comprobante de pago al concesionario por los servicios prestados; en caso de no cumplir con los requisitos, la unidad quedará a disposición del estado.

– Publicidad –

MERITOR

– Publicidad –

KENWORTH
PROLAM
MERITOR

0 Comments

Submit a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *