Una vez que el Senado de la República revisó y aprobó las modificaciones al Código Penal Federal y la Ley Orgánica del Poder Judicial, en materia de delitos carreteros, el documento será firmado por el Poder Ejecutivo y posteriormente publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Con una votación de 97 a favor y 10 en contra, la Cámara Alta ratificó las reformas que la Cámara de Diputados aprobó de manera unánime el pasado 28 de noviembre a diversas disposiciones del Código Penal Federal y la Ley Orgánica del Poder Judicial en materia de delitos carreteros.
De acuerdo a la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), dichas reformas consideran principalmente que quien cometa el delito de robo al autotransporte se aplicará una pena de seis a 12 años de prisión. Cuando el objeto del robo sea el vehículo automotor la pena será de siete a 15 años.
Se contemplan en las nuevas reformas que cuando se desmantelen los vehículos robados o comercialice conjunta o separadamente sus partes, se sancionará con una pena de 5 a 15 años de prisión. La pena se aumentará en un tercio cuando exista el apoderamiento del remolque o semirremolque y sea utilizado para cometer otro delito.
La Cámara que dirige Rogelio Montemayor expresó su beneplácito por la aprobación de dichas reformas por parte del Congreso mexicano que, sin duda, ayudará a reducir los robos al autotransporte y dará mayor seguridad a los usuarios de las carreteras del país, pero sobretodo aportará los elementos necesarios para que las autoridades tengan una mayor coordinación en la persecución de los delincuentes de dicho ilícito.
Se castigará robo al transporte con entre 6 y 15 años de prisión
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