Publican Proyecto de NOM-194 de dispositivos de seguridad en ligeros

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La Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-194-SCFI-2014, que regula los dispositivos de seguridad esenciales en vehículos nuevos para que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios.
Esta iniciativa entrará en vigor 180 días naturales después de esta fecha como norma definitiva, con el objetivo de definir los dispositivos de seguridad esenciales que se deben incorporar en los vehículos nuevos, cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3,857 kg y que se comercialicen dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como las especificaciones que deben cumplir dichos dispositivos.
El listado incluye 24 dipositivos como apoya cabeza, cinturón se de seguridad, indicadores, controles, llantas, sistemas de asientos y luces direccionales, entre otros, que deben cumplir las regulaciones de la Federal Motor Vehicle Safety Standard, Society of Automotive Engineers, Standards; Directivas Europeas y Regulaciones de Seguridad para Vehículos de Carretera para la Certificación de Japón.
Mientras, para la evaluación del desempeño de los tipos de vehículos nuevos y los tipos de vehículos existentes respecto a la protección de los ocupantes durante una colisión frontal y/o lateral, se deberá presentar evidencia de cumplimiento con relación a las especificaciones de las Normas Mexicanas o regulaciones extranjeras o internacionales citadas.
Para obtener el dictamen de cumplimiento, los corporativos deberán presentar ante la Secretaría o ante la unidad de verificación acreditada y aprobada, la autodeclaración basada en la documentación técnica de cumplimiento correspondiente con cada uno de los dispositivos o sistemas de seguridad regulados. Para los tipos de vehículos nuevos 3 años modelo después de la entrada en vigor de la Norma y para los tipos de vehículos existentes 4 años modelo después de la entrada en vigor de la Norma.
La publicación indica que el Proyecto de Norma Oficial Mexicana, no aplica a aquellos vehículos de peso bruto vehicular menor a 400 kilogramos, destinados exclusivamente a circular en vías pavimentadas delimitadas como: pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar; así como los empleados para labores agrícolas; para terreno montañoso, desértico, playas o vías férreas; motocicletas, tractores agrícolas o maquinaría dedicada a las industrias de la construcción y la minería.

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