Permisionarios del autotransporte federal para servicios de arrastre deben registrarse en el SIRSE a partir de este 11 de diciembre
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal (DGAF), informa a los permisionarios de los Servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos, que contarán con un periodo no mayor de 60 días hábiles para su registro en el Sistema Informático de Registro de Servicios (SIRSE).
El Aviso, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), señala que el periodo para el cumplimiento de esta obligación entra en vigor a partir de este jueves 11 de diciembre de 2025.
Para obtener su usuario y contraseña, los interesados deberán seguir los siguientes pasos:
1. Ingresar al siguiente hipervínculo:
https://micrs.sct.gob.mx/index.ph9p/transporte-y-medicina-preventiva/autotransporte-federal/formatos-sirse
2. Llenar el formulario con la información requerida, y de conformidad con los servicios auxiliares que presten (Arrastre, Arrastre y Salvamento o Depósito de Vehículos).
Qué es el SIRSE
Es una herramienta que brinda transparencia y certeza jurídica tanto para los usuarios de las vías como para los permisionarios de este tipo, ya que al registrarse establece un folio único por servicio, así como la correcta selección del vehículo a rescatar a través de la decodificación del Número de Identificación Vehicular (NIV).
A través del SIRSE se consulta la base tarifaria para calcular los importes de cobro por concepto de servicios de arrastre o salvamento; registra los servicios realizados por los permisionarios de las grúas; transparentar mediante herramientas de geolocalización el punto exacto de inicio y fin del arrastre, así como la distancia recorrida; registrar la memoria a detalle de los servicios prestados.
Aclaraciones
En caso de tener dudas relacionadas con el llenado del formulario o su presentación, podrán enviar un correo electrónico a la cuenta dgaf.dgruas@sct.gob.mx, o bien, acudir a la DGAF o en su caso al Centro SICT de su elección, en donde se les brindará la orientación necesaria, e incluso, podrán realizar el llenado del formulario correspondiente.
La SICT señala que el Reglamento de los Servicios Auxiliares al Autotransporte Federal de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos (RSAAFAASDV), establece la obligación de las personas permisionarias que cuenten con un permiso vigente para operar los servicios de Arrastre, de Arrastre y Salvamento y de Depósito de Vehículos, de estar registrados en el SIRSE.
Esta herramienta busca brindar transparencia y certeza jurídica tanto para los usuarios de las vías generales de comunicación como para los permisionarios que prestan los servicios auxiliares.




