Autotransporte de carga tendrá horario restringido en Semana Santa

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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) anunció que, con motivo del periodo vacacional de Semana Santa 2025, el servicio de autotransporte federal y el transporte privado de carga especializada operarán bajo horario restringido en caminos y puentes de jurisdicción federal.

De acuerdo con el aviso publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), las restricciones estarán vigentes del 11 al 27 de abril de 2025, con el objetivo de garantizar la seguridad de los vacacionistas que transiten por las carreteras federales durante ese periodo.

El horario aplica específicamente al autotransporte federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como a las grúas industriales que requieran permiso especial de la SICT.

Horario autorizado de circulación

Durante los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril, se permitirá el tránsito de estos vehículos bajo las siguientes condiciones:

En caminos tipo ET4, A4, B4: circulación libre las 24 horas.

En caminos ET2, A2, B2, C o D: tránsito permitido en los siguientes horarios:

De 06:00 a 18:30 horas (luz diurna).

De 00:00 a 06:00 horas y de 18:30 a 23:59 horas, siempre que circulen con dos carros piloto, uno al frente y otro en la parte trasera.

Días de suspensión total

Los vehículos deberán suspender totalmente su tránsito los días: 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril.

La restricción no será aplicable a los usuarios y permisionarios cuyo servicio esté vinculado a proyectos u obras a cargo del Gobierno de México.

La SICT reiteró que la finalidad de esta disposición es fomentar la seguridad en las carreteras federales durante uno de los periodos vacacionales más concurridos del año.

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