Entra en vigor la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial

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El día de hoy entró en vigor la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, publicada ayer en el Diario Oficial de la Federación y la cual establece “las bases y principios para garantizar el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad”.

La Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, aprobada en marzo pasado por la Cámara de Diputados, sienta las bases para la política de movilidad y seguridad vial.

Objetivos

De acuerdo con la publicación, entre los objetivos de la nueva ley se encuentran el establecimiento de las bases para la política de movilidad y seguridad vial, bajo un enfoque sistémico y de sistemas seguros, a través del Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial y la información proporcionada por el Sistema de Información Territorial y Urbano para priorizar el desplazamiento de las personas, particularmente de los grupos en situación de vulnerabilidad, así como bienes y mercancías.

También se busca disminuir los impactos negativos sociales, de desigualdad, económicos, a la salud, y al medio ambiente, con el fin de reducir muertes y lesiones graves ocasionadas por siniestros viales.

Adicionalmente, define los mecanismos de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno y la sociedad en materia de movilidad y seguridad vial, así como los mecanismos y acciones que promuevan y fomenten la sensibilización, la formación y la cultura de la movilidad y seguridad vial.

Por otra parte, se establecen las bases para priorizar los modos de transporte de personas, bienes y mercancías, con menor costo ambiental y social, la movilidad no motorizada, vehículos no contaminantes y la intermodalidad.

Protección de la vida

De acuerdo con el Artículo 5 de la Ley General de Movilidad y Seguridad Vial, el objetivo prioritario es “la protección de la vida y la integridad física de las personas en sus desplazamientos, el uso o disfrute en las vías públicas del país, por medio de un enfoque de prevención que disminuya los factores de riesgo y la incidencia de lesiones graves”.

Sumando a lo anterior, la ley señala que los sistemas de movilidad y de transporte y la infraestructura vial “deberán ser diseñados para tolerar el error humano, para que no se produzcan lesiones graves o muerte, así como reducir los factores de riesgo que atenten contra la integridad y dignidad de los grupos en situación de vulnerabilidad”.

Cabe destacar que la nueva ley establece que, cuando se produzca un siniestro de tránsito, deben buscarse en todo el sistema, en lugar de responsabilizar a alguna de las personas usuarias de la vía.

Jerarquía de la movilidad

Otro tema que destaca en la nueva ley es la jerarquización que hace de la movilidad, poniendo en primer lugar a los peatones, observando un enfoque equitativo y diferenciado en razón de género, personas con discapacidad y movilidad limitada; ciclistas y usuarios de no motorizados.

Posteriormente se ubican a los usuarios y prestadores del servicio de transporte público de pasajeros, con un enfoque equitativo pero diferenciado; luego ubica a las personas prestadoras de servicios de transporte y distribución de bienes y mercancías, y, por último, a las personas usuarias de vehículos motorizados particulares.

 

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