Modifican especificaciones al diesel de importación

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La Comisión Reguladora de Energía (CRE), modificó de manera temporal la NOM-EM-005, que establece la propiedad número de cetano a un mínimo de 40, en vez de los 48 para el diesel automotriz señalados en la primera regulación del 30 de octubre de 2015.
La resolución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, en la que se explica que Pemex solicitó la modificación de la NOM-EM-005 con el objeto de garantizar el abasto oportuno de diesel. “Pemex señaló que en este momento no es viable importar diesel con cetano mayor a 40 debido a contratos comerciales ya celebrados con anterioridad que establecen puntualmente esta especificación, así como a la ausencia de comercializadores que pudieran suministrar en el plazo inmediato diesel con cetano mínimo de 48”, indica la resolución en el Considerando Quinto.
México tiene una demanda actual aproximada de 400,000 barriles diarios (BBD) de diesel, de los cuales Pemex importa de Estados Unidos de América (EUA) alrededor del 35% para cubrir  esa demanda. Existen regiones en EUA donde la regulación requiere en el diesel un cetano mayor a 40, entre ellos los estados de California y Texas; la regulación en la mayoría de los estados de ese país establece un mínimo de 40, por lo que esta especificación es la que goza de mayor disponibilidad en  los mercados.
Bajo esos argumentos la CRE realizó la modficación temporal. La resolución concluye que la modificación temporal estará vigente hasta que la Comisión publique la norma oficial mexicana definitiva relativa a las especificaciones de calidad de los petrolíferos, en la cual el cetano, sin importar su origen, deberá tener un valor mínimo de 48.

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