Preparan NOMs sobre defensas traseras y de amortiguadores de impacto

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Con el fin de reglamentar estos dos temas, se publicaron los proyectos de Norma Oficial Mexicana 008-SCT-2–2019 de Amortiguadores de impacto en carreteras y vías urbanas, así como NOM-014-SCT-2–2019 que se refiere a Especificaciones técnicas y métodos de prueba de defensas traseras para vehículos con Peso Bruto Vehicular de diseño superior a 4,536 kg.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó los documentos en el Diario Oficial de la Federación (DOF). El primero se refiere a que los amortiguadores de impacto tienen que proveer seguridad a los usuarios, tanto del autotransporte federal como público en general, para que transiten en forma segura por las carreteras y vías urbanas.

El objetivo es proteger a los ocupantes de los vehículos que, por condiciones meteorológicas, fallas mecánicas, por errores de sus conductores o por características específicas del camino o vía urbana, pudieran salirse del camino e impactarse contra algún elemento rígido, evitando así que sufran daños mayores.

El presente proyecto, que se publicó el pasado 10 de junio, se presenta a fin de que los interesados agreguen sus comentarios dentro de los 60 días naturales siguientes a su publicación en el DPF ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre.

En tanto que el proyecto de NOM-014-SCT-2–2019 sobre defensas traseras para vehículos, con el argumento de que “actualmente no existe disposición normativa que obligue a las empresas armadoras y fabricantes de carrocerías de los vehículos sujetos del presente Proyecto de Norma, a instalar una defensa trasera que presente condiciones de resistencia y diseño, que garanticen su efectividad al momento de suceder un accidente por alcance por la parte trasera”, el objetivo es establecer las especificaciones dimensionales y de resistencia estructural de las defensas traseras para vehículos de autotransporte tipo autobús convencional y camión unitario con peso bruto vehicular de diseño superior a 4,536 kg., que se fabriquen o importen al país.

También se publica a fin de que los interesados presenten sus comentarios dentro de los 60 días naturales siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre.

La Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar), en atención a los socios, puso a disposición el teléfono 55 5999-7130 y la dirección de correo electrónico t.martinez@canacar.com.mx, para dudas o aclaraciones sobre estos proyectos con el Lic. Tomás Martínez López.

 

 

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